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Sistema de Identificación Automática (AIS)

21 Sep

La Organización Marítima Internacional (OMI), estableció que a partir  del año 2004 todos los buques bajo el Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en la mar SOLAS (Safety of Life At Sea) con mas de 300 Tns. de desplazamiento en tráfico internacional debían llevar incorporado transpondedores móviles para la identificación automática, AIS por sus siglas en Ingles (Automatic Identificación System).

El objetivo del AIS es reforzar la seguridad de la vida humana en el mar, la seguridad y la eficiencia de la navegación y, la protección del medio ambiente. El sistema permite el intercambio de información entre buques y con las instalaciones de control situadas en las costas.

El AIS es una herramienta útil para saber en cada momento la ubicación del buque y su carga, siendo un sistema que hace, en general, más seguro el transporte marítimo. Hoy es posible encontrar al AIS en Aeronaves y Buques dedicados a emergencias en operaciones de búsqueda y rescate, en el control del trafico marítimo e incluso en los sistemas de ayudas a la Navegación.

El sistema AIS, es un sistema de emisión continua y autónoma que opera en la banda VHF del servicio móvil marítimo, capaz de intercambiar información sobre identificación, posición, rumbo, velocidad y otros datos entre buques, y con estaciones costeras, con capacidad de gestión de múltiples informes y gran frecuencia de actualización, basado en la tecnología SOTDMA (Self Organization Time División Múltiple Access).

Los datos transmitidos por el sistema AIS desde un barco son de tres (3) distintos tipos:

  • Datos estáticos que han sido programados en el equipo AIS en el momento de la instalación y solamente necesitan ser cambiados si el barco cambia su nombre, bandera o si es sometido a un reacondicionamiento mayor en donde el tamaño o tipo de barco es variado.
  • La información dinámica contiene datos que se actualizan automáticamente desde los sensores del barco como, por ejemplo, el rumbo marcado desde el Girocompás, la posición y la velocidad desde el equipo de posicionamiento. Pertenece también al grupo de información dinámica, el estado de la navegación pero éste es actualizado manualmente por la tripulación.
  • La información relacionada con el viaje la que es actualizada manualmente por la tripulación a lo largo del viaje.

El sistema AIS incrementa la eficiencia y la seguridad de la navegación y disminuye la carga de trabajo para los usuarios y operadores. Este sistema es el medio más utilizado de información suplementaria, para la integración de datos entregados por otros sistemas de navegación (incluyendo radar) y representa por tanto una herramienta importante para reforzar el conocimiento de la situación de los buques.

Ver también: AIS TRANSPONDER en la pagina web de la OMI.

Términos del Comercio Internacional: (Incoterms 2010)

12 Sep

La Cámara de Comercio Internacional (ICC) se prepara para el lanzamiento de las nuevas reglas Incoterms 2010 para finales de este mes de SEP2010, sin embargo la entrada en vigencia de la nueva normativa será a partir del 01 de Enero del 2011.

Para ayudar a la comunidad internacional y a todos aquellos que estén directamente involucrados con el comercio internacional, con la familiarización de estas nuevas reglas, la Cámara de Comercio Internacional, cuya sede esta en Paris y todas sus filiales han venido organizando una serie de Conferencias, Seminarios y la publicación de diferentes materiales informativos distribuidos a lo largo de todo el mundo. (Ver video Incoterms 2010)

Los incoterms se publicaron por primera vez hace 75 años y han servido para dar coherencia a un sistema comercial y jurídico que diverge enormemente de un país a otro. Estas reglas se revisan cada diez años. Desde la última revisión en el año 2000, muchas cosas han cambiado en el comercio mundial y la revisión actual, llevada a cabo por un grupo internacional de redacción de ocho expertos nombrados por la ICC, ha tenido en cuenta temas como los progresos en la seguridad de la carga  y la necesidad de sustituir documentos en papel por documentos electrónicos y algunas otras tendencias en las practicas comerciales internacionales, como la conteinerizacion y las entregas puerta a puerta.

El resultado de toda esta revisión ha sido un conjunto de reglas con mayor claridad y precisión, adaptadas adecuadamente para el siglo XXI, que ofrecen mayor seguridad jurídica en las transacciones de venta y compra. Las reglas ayudan a las empresas a evitar malentendidos aclarando los costos, riesgos y responsabilidades tanto de los compradores como de los vendedores.

El nuevo sistema elimina cuatro de los términos anteriores:

  • DAF: Delivered At Frontier
  • DES: Delivered Ex Ship
  • DEQ: Delivered Ex Quay
  • DDU: Delivered Duty Unpaid

A la misma vez incorpora dos nuevos términos:

  • DAP: Delivered At Place
  • DAT: Delivered At Terminal

En definitiva el nuevo sistema quedara con 11 términos clasificados solamente en dos categorías:

a) Normas aplicables a cualquier tipo de transporte.

  • CIP: Carriage and Insurance Paid
  • CPT: Carriage Paid To
  • DAP: Delivered At Place
  • DAT: Delivered At Terminal
  • DDP: Delivered Duty Paid
  • EXW: Ex Works
  • FCA: Free Carrier

b) Normas aplicables al transporte por vías navegables.

  • CFR: Cost and Freight
  • CIF: Cost, Insurance and Freigh
  • FAS: Free Alonside Ship
  • FOB: Free On Board

Además de las 11 normas, los Incoterms  2010 incluyen amplias notas de orientación y gráficos ilustrativos para ayudar a los usuarios de manera eficiente a elegir la regla adecuada para cada operación, nueva clasificación para ayudar a elegir la norma más adecuada en relación con el modo de transporte, consejos para el uso de los procedimientos electrónicos, la información sobre los despachos relacionados con la seguridad de los envíos y consejos para el uso de los Incoterms 2010 en el comercio nacional.

 

Ver también: Términos del Comercio Internacional (incoterms 2000).

Consejos, formas de utilización e información para utilizar los Incoterms 2010

Convenio para facilitar el Trafico Marítimo Internacional (FAL 65)

19 Ago

La Organización Marítima Internacional (OMI) en virtud de las complejidades que venían presentando los buques cuando arribaban a un puerto recibió la tarea en el año de 1962, de elaborar un convenio internacional para ayudar a la facilitación del trafico marítimo internacional. Para dicho trabajo se convoco a un grupo de expertos quienes se dedicaron a la elaboración del proyecto del convenio, el cual se aprobó en el año 1965 y entro en vigencia el 05 de Marzo de1967.

Los objetivos que contemplaba el mencionado convenio fueron:

  • Facilitar el transporte marítimo mediante la simplificación y reducción al mínimo de los trámites, documentos y formalidades relacionados con la llegada, estancia en puerto y salida de los buques que efectúan viajes internacionales.
  • Uniformar y simplificar las medidas para facilitar el tráfico marítimo internacional reduciendo al mínimo las modificaciones que se estimen necesarias a satisfacer las exigencias de orden interno.
  • Estimular la cooperación entre los Gobiernos.

El Convenio FAL 65 sobre facilitación portuaria, fue ratificado por Venezuela desde el año 2000 y esta destinado a mejorar de una forma significativa las operaciones portuarias y a su vez coadyuvar al cumplimiento legal de las normas nacionales e internacionales en materia marítima y aquellas conexas, con la cual tiene relación la interfaz buque-puerto.

El FAL 65 involucra a todas las Autoridades tales como: Sanidad, Inmigración, Capitanía de Puertos, SENIAT, Resguardo Aduanero, Inspectores Navales, Agentes Aduanales, Agentes Navieros, Armadores u operadores de buques, dueños de carga y operadores portuarios; esto con la finalidad de ver los problemas reales y crear soluciones, a través de comisiones locales y mesas de trabajo.

El convenio consta de 16 Artículos, un Anexo, 6 Resoluciones aprobadas por la Conferencia, una Resolución aprobada por la Asamblea y 6 Apéndices.

El anexo esta estructurado en seis capítulos, a saber:

  • Capitulo 1: Definiciones y disposiciones generales tales como técnicas de tratamiento electrónico de datos.
  • Capitulo 2: Llegada, permanencia y salida de buques
  • Capitulo 3: Llegada y salida de personas
  • Capitulo 4: Llegada, permanencia y salida de la carga y otros efectos.
  • Capitulo 5: Sanidad pública y cuarentena, incluidos servicios veterinarios y fitosanitarios.
  • Capitulo 6: Disposiciones diversas relativas a fianzas y otras formas de garantía, servicios en los puertos, ayuda de emergencia y comisiones nacionales de facilitación.

Información complementaria sobre las prescripciones relativas a facilitación se encuentran en los respectivos apéndices:

  • Apéndice 1: Impresos FAL de la OMI.
  • Apéndice 2: Simplificación de las marcas de expedición.
  • Apéndice 3: Código IMDG – Documentación para la expedición de mercancías peligrosas.
  • Apéndice 4: Modelo de carta a la que se hace referencia en la Norma 3.3.1
  • Apéndice 5: Certificados y documentos que han de llevar los buques.
  • Apéndice 6: Suplemento relativo al anexo del Convenio: Diferencias entre la práctica nacional de los Gobiernos Contratantes y las normas y las prácticas recomendadas del anexo notificadas a la OMI de conformidad con el artículo VIII del Convenio.

Al hacer click sobre Convention on Facilitation of International Maritime Traffic, 1965 podrás acceder a una síntesis del convenio disponible en la pagina Web de la OMI, así como también haciendo click sobre Convenio para facilitar el trafico marítimo internacional (FAL 65), Edición de 2006, podrás acceder a la publicación digitalizada del convenio disponible en Google.

De acuerdo a la programación de actividades de la OMI para el próximo mes de septiembre, entre los días 6 y 10 se llevara a cabo la trigésima sexta reunión del comité, teniéndose previsto para dicho evento la siguiente agenda provisional.

Ante la difícil situación portuaria que hoy día atraviesa nuestro país, este convenio toma mucha importancia, sobre todo su divulgación, la institucionalización del comité nacional de facilitación marítima y portuaria y la creación de los comités regionales en áreas tan importantes como transporte multimodal, capacitación y titulación, control de precursores químicos y estupefacientes, actos Ilícitos y piratería y supervisión marítima y portuaria entre otras.