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UNA MANERA MAS FACIL DE ENTENDER: LA IMPORTANCIA DEL TRATADO GLOBAL QUE RESGUARDA NUESTROS MARES (OPRC-90)

1 Dic

Luis Alberto Mérida Galindo

01 de diciembre de 2025

Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (conocido como OPRC 90)

Cuando pensamos en un derrame de hidrocarburos, la imagen que acude a la mente es casi siempre la del desastre en pleno apogeo: olas teñidas de negro, equipos de limpieza luchando contra la marea y el impacto devastador en la vida silvestre. Es una imagen de crisis, de una batalla reactiva contra un enemigo que ya se ha desatado.

Pero detrás de este escenario caótico, existe un marco estratégico global, una red de seguridad invisible diseñada no solo para responder, sino para anticipar, preparar y movilizar una colaboración internacional sin precedentes. Este sistema es el protagonista silencioso en la protección de nuestros océanos.

Su nombre oficial es el Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (conocido como OPRC 90). Forjado en el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI), este tratado transformó la gestión de desastres marítimos. A continuación, revelamos los cinco descubrimientos más impactantes y menos conocidos de este poderoso acuerdo global.

LOS 5 DESCUBRIMIENTOS CLAVE DEL CONVENIO OPRC 90

1. La verdadera respuesta no es la limpieza, es la preparación

Contrariamente a la creencia popular de que la acción comienza después de un derrame, el Convenio OPRC establece que la batalla se gana o se pierde mucho antes de que se produzca el primer vertido. Su pilar fundamental es la preparación proactiva.

El tratado exige dos niveles de planificación rigurosa. Primero, el Artículo 3 obliga a que los buques, las plataformas mar adentro y las instalaciones portuarias dispongan de sus propios planes de emergencia para casos de contaminación. Segundo, y de manera crucial, el Artículo 6 impone a cada Estado la obligación de establecer un «Sistema Nacional de Preparación y Lucha». Este sistema no es una simple recomendación; debe incluir, como mínimo, seis componentes críticos:

  • Una autoridad nacional competente designada.
  • Puntos nacionales de contacto que operen 24/7 para recibir y transmitir notificaciones.
  • Una autoridad facultada para solicitar asistencia internacional o decidir prestarla.
  • Un Plan Nacional de Contingencia detallado.
  • Un nivel mínimo de equipo de lucha contra derrames preemplazado en lugares estratégicos.
  • Un programa regular de ejercicios y de formación de personal.

El objetivo es claro: reemplazar el caos potencial de una crisis con una cadena de mando clara y reconocida.

2. La ayuda internacional no es un favor, es una obligación (con reglas claras)

Los grandes derrames a menudo superan la capacidad de respuesta de cualquier nación, por muy preparada que esté. El Convenio OPRC 90 reconoce esta realidad y convierte la cooperación en una obligación central. Según el Artículo 7, las Partes del tratado están obligadas a prestarse asistencia mutua cuando se solicita, ya sea en forma de asesoramiento, apoyo técnico o equipos.

Este no es un sistema basado en el voluntarismo. Para garantizar la seguridad jurídica, existe un mecanismo de reembolso de gastos donde el país que solicita la ayuda reembolsa los costos a quien la prestó. Sin embargo, el Convenio introduce un matiz diplomático clave: una Parte puede renunciar total o parcialmente al cobro, «teniendo debidamente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo». Esto asegura que la asistencia sea accesible para todos.

El verdadero valor del Convenio reside en la creación de una red de seguridad que garantiza que ningún país, independientemente de sus recursos, tenga que enfrentar solo un desastre ecológico de gran magnitud.

3. La autoridad mundial coordina, pero el país afectado siempre mantiene el control

Ante un desastre internacional, es fácil suponer que un organismo mundial como la ONU o la OMI toma el mando de las operaciones. El Convenio OPRC 90 demuestra que esta idea es errónea. Si bien la Organización Marítima Internacional (OMI) tiene un rol central según el Artículo 12, su función es la de un facilitador, no un comandante operativo.

El control de la respuesta permanece siempre en manos del Estado o Estados costeros afectados. Las funciones de la OMI son de apoyo, y se activan a solicitud de los países. Estas incluyen servicios de información, fomento de la formación y asistencia técnica. Este modelo es fundamental, ya que asegura que la pericia internacional apoye, en lugar de suplantar, la autoridad y el conocimiento local del país afectado. De esta forma, se protege la soberanía nacional al tiempo que se garantiza el acceso a un vasto repositorio de recursos y conocimientos globales.

4. Un solo informe de un capitán de buque puede activar todo el sistema global

Todo el complejo engranaje de respuesta global del Convenio OPRC 90 se pone en marcha por una acción inicial sorprendentemente simple: una notificación. El Artículo 4 establece la obligación de que los capitanes de buques, los pilotos, las personas a cargo de unidades mar adentro o instalaciones portuarias, y los pilotos de aeronaves civiles notifiquen «sin demora» al Estado costero más próximo cualquier suceso que pueda producir una descarga de hidrocarburos.

Esta notificación es el detonante que activa una cadena de acciones inmediata. Según el Artículo 5, el Estado que recibe el informe debe evaluar la magnitud del suceso e informar sin demora a otros Estados cuyos intereses puedan verse afectados. Este protocolo subraya la inmensa responsabilidad que recae sobre los individuos en el mar, cuyo rápido aviso puede ser la diferencia entre un incidente contenido y una catástrofe regional.

5. No es solo un tratado, es una declaración de soberanía

Este es el descubrimiento final, el gran dividendo estratégico del tratado. Más allá del cumplimiento legal, los analistas estratégicos señalan la conclusión más profunda del Convenio: su plena implementación es una «medida imperativa para salvaguardar la soberanía económica y ambiental de la nación».

Tener un sistema nacional de respuesta robusto y bien ejercitado protege los recursos costeros, las industrias críticas como la pesca y el turismo, y la reputación internacional de un país. Transforma lo que podría verse como una simple obligación legal en una poderosa ventaja estratégica. Un país preparado no solo protege su medio ambiente, sino que también defiende su resiliencia económica y su autonomía frente a desastres.

CONCLUSIÓN: UN FUTURO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

El Convenio OPRC 90 marcó un antes y un después en la protección de los océanos. Transformó la gestión de desastres marítimos, llevándola de un enfoque de respuestas nacionales aisladas y reactivas a un sistema global de seguridad basado en la preparación proactiva, la colaboración y la ayuda mutua. Es un testimonio de lo que se puede lograr cuando la comunidad internacional decide reemplazar la incertidumbre con un plan.

Sabiendo que esta red de seguridad global existe, ¿cambia nuestra percepción sobre cómo enfrentamos colectivamente las amenazas a nuestro patrimonio marino compartido?

CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE COOPERACIÓN, PREPARACIÓN Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS (OPRC)

Anexo I Marpol 73/78: La respuesta de la OMI a los retos ambientales actuales (II)

16 Jun

El Anexo I es un documento sustancial y global que trata con gran detalle asuntos como el proyecto y la construcción de los petroleros, equipo a bordo, tuberías y medios de bombeo, la descarga operacional de hidrocarburos por todo tipo de buques, instalaciones de recepción en tierra, limpieza de tanques, planes de emergencia a bordo y el modo en el que un petrolero debe reaccionar en caso de avería. Se trata de la autoridad suprema en cuanto a proyecto, construcción y explotación de los buques que transportan cargas de hidrocarburos.

La enmienda de este anexo permitió acelerar el calendario de retirada gradual del uso de los buques tanque de casco sencillo, con motivo de los graves siniestros de los buques tanque Nakhodka, Erika y Prestige.

Las enmiendas de 1992 a este anexo hicieron obligatorio el doble casco para los petroleros nuevos e introdujeron un calendario de retirada para los petroleros de casco sencillo. Estas enmiendas se revisaron posteriormente en 1997, 2001 y 2003 a consecuencia de los tres siniestros de los petroleros mencionados. Como resultado de ello, con determinadas excepciones atentamente reglamentadas, la navegación de los petroleros de casco sencillo estará prohibida a partir de este año 2010.

Actualmente, se reconoce ampliamente que el Anexo I del Convenio MARPOL ha contribuido en gran medida a una disminución muy apreciable de la contaminación por hidrocarburos, tanto operacional como accidental, causada por los buques. La prescripción de 15 partes por millón para las descargas de sentina de los espacios de máquinas de todos los buques, el procedimiento de lavado con crudos o la norma del doble casco, por citar sólo unos cuantos ejemplos, constituyen una parte importante de este anexo.

En tiempos pasados, en el anexo I, prevalecía el enfoque «correctivo», y sólo se adoptaban disposiciones nuevas e innovadoras cuando tenían lugar casos catastróficos de contaminación. Hoy día el enfoque predominante tiene un carácter preventivo. Es necesario que cuestiones tales como la corrosión de los espacios del doble casco de los petroleros, por ejemplo, se aborden antes de que se produzca el fallo estructural del buque.

Ahora que la primera generación de buques de doble casco se aproxima a  los 15 años, ya empiezan a percibirse los efectos de la corrosión y otros problemas, como la necesidad de mejorar la capacidad y la eficacia del equipo separador de agua e hidrocarburos, para facilitar el persistente problema de la inadecuación de las instalaciones de recepción en tierra y la mejora de las políticas de implantación y aplicación adoptadas tanto por los Estados de abanderamiento como por los Estados rectores de puertos.

Elementos de un Plan de Contingencias para Derrames de Petróleo

11 Jun

El Estudio de Impacto Ambiental deberá contener un enfoque de los planes de contingencia que el operador pretende implantar a lo largo de la vida del proyecto, con énfasis específico sobre aquellas contramedidas que el operador considera apropiadas para las emergencias ambientales.

El enfoque sobre el planeamiento y las contramedidas de la contingencia ambiental deberá incluir, mas no limitarse, a lo siguiente:

  • Los tipos de emergencias ambientales para las cuales se implementará planes de contingencias.
  • La organización general de respuesta a la emergencia, la cadena de comando y las áreas clave de responsabilidad.
  • Los procedimientos de notificación y reporte internos y externos.
  • La interfase entre los planes y procedimientos del proponente y aquéllos de las organizaciones de gobierno y  de los otros operadores.
  • La capacitación del personal, incluyendo las provisiones sobre ejercicios de respuesta.
  • Los requerimientos de personal y equipo para los diversos tipos de respuesta, incluyendo necesidades logísticas, tiempo de respuesta e inventario de equipo estimado para la vigilancia y el seguimiento del derrame, así como para su confinamiento y limpieza.
  • El estimado de capacidades y/o limitaciones del equipo y las técnicas de contramedidas, incluyendo sus implicancias para la estimación de los efectos.
  • La posibilidad de medidas que incrementen la eficiencia o capacidad de respuesta; por ejemplo, programas de investigación y desarrollo.
  • Las capacidades, el tiempo y la logística de la perforación de pozos de alivio, y de alternativas para los pozos de alivio.
  • La capacidad para montar un programa de monitoreo en caso que se anticipen efectos significativos.
  • Los planes para la disposición de los contaminantes y desechos recuperados.

El plan de contingencias para derrames de petróleo debe contener los siguientes elementos clave:

  • El plan debe reflejar las observaciones de la alta gerencia. Ésta será informada a fin de certificar que apruebe el contenido del plan de contingencias. Personal apropiado de la alta gerencia aprobará y firmará el plan de contingencias. Esto evitará posibles demoras durante la respuesta a un derrame.
  • El plan deberá ser conciso y de fácil lectura y empleo. El plan debe ser “cordial con el usuario”. Sólo se utilizará la información de referencia que se necesite.
  • La evaluación del riesgo servirá de base para identificar potenciales derrames, métodos de respuesta, tiempos de respuesta apropiados y prioridades para la protección y limpieza.
  • El plan debe enfocar todo tipo potencial de derrame, independientemente de su tamaño y ubicación. Debe incluirse en el plan, por ejemplo, la prevención y respuesta a pequeños derrames de tanques de almacenamiento, válvulas y líneas de transferencia.
  • El plan debe proveer información detallada de respuesta a importantes derrames en alta mar.
  • La información del plan debe desarrollarse de acuerdo con las normas y regulaciones gubernamentales.
  • Los nombres de los contactos y números de teléfono, fax, celular y radio deben estar actualizados. Se proveerá información de contacto las veinticuatro horas del día.

  • El plan debe incluir información adecuada y realista sobre prevención, respuesta y limpieza de derrames. Los métodos identificados de respuesta deberán reflejar procedimientos prácticos y disponibles para el operador.
  • Las prácticas de prevención serán identificadas y resaltadas.
  • Se identificará las condiciones para el uso de estrategias de limpieza, tales como confinamiento, uso de equipo de recuperación, incineración en el sitio y uso de dispersantes.
  • Se identificará los pasos subsiguientes de limpieza, tales como transferencia, almacenamiento y disposición.
  • El plan debe señalar individuos que aportarán respuestas, así como adecuada información sobre el destino del petróleo en el ambiente. Se deberá resumir en el plan el comportamiento de los hidrocarburos y el ambiente.

  • El plan debe incluir información adecuada sobre ubicaciones e instalaciones. Asimismo, deberá incluir mapas, planos con el trazado de las instalaciones, capacidad de producción y almacenamiento, tipos y propiedades de petróleo, información histórica sobre vientos, estado del mar, corrientes y otra información sobre el clima.
  • El plan debe incluir consideraciones sobre seguridad.
  • El plan debe hacer referencia cruzada a otros planes relacionados del operador, tales como los planes de respuesta a emergencias.
  • El plan debe identificar al equipo de respuesta a los derrames de petróleo, que consistirá de personal operativo capacitado, preparado y disponible.
  • Se deberá identificar a un coordinador de respuesta a derrames de petróleo, a quien se le encargue la responsabilidad y se le delegue autoridad para dirigir y coordinar las operaciones de respuesta.
  • Se deberá programar, a intervalos apropiados, ejercicios para la familiarización con el equipo de control de contaminación y con los procedimientos operativos.