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PUNTOS CLAVES DE LAS DIRECTRICES DE LA OMI PARA COMBATIR LA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS EN EL MAR

3 Dic

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UNA MANERA MAS FACIL DE ENTENDER: LA IMPORTANCIA DEL TRATADO GLOBAL QUE RESGUARDA NUESTROS MARES (OPRC-90)

1 Dic

Luis Alberto Mérida Galindo

01 de diciembre de 2025

Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (conocido como OPRC 90)

Cuando pensamos en un derrame de hidrocarburos, la imagen que acude a la mente es casi siempre la del desastre en pleno apogeo: olas teñidas de negro, equipos de limpieza luchando contra la marea y el impacto devastador en la vida silvestre. Es una imagen de crisis, de una batalla reactiva contra un enemigo que ya se ha desatado.

Pero detrás de este escenario caótico, existe un marco estratégico global, una red de seguridad invisible diseñada no solo para responder, sino para anticipar, preparar y movilizar una colaboración internacional sin precedentes. Este sistema es el protagonista silencioso en la protección de nuestros océanos.

Su nombre oficial es el Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (conocido como OPRC 90). Forjado en el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI), este tratado transformó la gestión de desastres marítimos. A continuación, revelamos los cinco descubrimientos más impactantes y menos conocidos de este poderoso acuerdo global.

LOS 5 DESCUBRIMIENTOS CLAVE DEL CONVENIO OPRC 90

1. La verdadera respuesta no es la limpieza, es la preparación

Contrariamente a la creencia popular de que la acción comienza después de un derrame, el Convenio OPRC establece que la batalla se gana o se pierde mucho antes de que se produzca el primer vertido. Su pilar fundamental es la preparación proactiva.

El tratado exige dos niveles de planificación rigurosa. Primero, el Artículo 3 obliga a que los buques, las plataformas mar adentro y las instalaciones portuarias dispongan de sus propios planes de emergencia para casos de contaminación. Segundo, y de manera crucial, el Artículo 6 impone a cada Estado la obligación de establecer un «Sistema Nacional de Preparación y Lucha». Este sistema no es una simple recomendación; debe incluir, como mínimo, seis componentes críticos:

  • Una autoridad nacional competente designada.
  • Puntos nacionales de contacto que operen 24/7 para recibir y transmitir notificaciones.
  • Una autoridad facultada para solicitar asistencia internacional o decidir prestarla.
  • Un Plan Nacional de Contingencia detallado.
  • Un nivel mínimo de equipo de lucha contra derrames preemplazado en lugares estratégicos.
  • Un programa regular de ejercicios y de formación de personal.

El objetivo es claro: reemplazar el caos potencial de una crisis con una cadena de mando clara y reconocida.

2. La ayuda internacional no es un favor, es una obligación (con reglas claras)

Los grandes derrames a menudo superan la capacidad de respuesta de cualquier nación, por muy preparada que esté. El Convenio OPRC 90 reconoce esta realidad y convierte la cooperación en una obligación central. Según el Artículo 7, las Partes del tratado están obligadas a prestarse asistencia mutua cuando se solicita, ya sea en forma de asesoramiento, apoyo técnico o equipos.

Este no es un sistema basado en el voluntarismo. Para garantizar la seguridad jurídica, existe un mecanismo de reembolso de gastos donde el país que solicita la ayuda reembolsa los costos a quien la prestó. Sin embargo, el Convenio introduce un matiz diplomático clave: una Parte puede renunciar total o parcialmente al cobro, «teniendo debidamente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo». Esto asegura que la asistencia sea accesible para todos.

El verdadero valor del Convenio reside en la creación de una red de seguridad que garantiza que ningún país, independientemente de sus recursos, tenga que enfrentar solo un desastre ecológico de gran magnitud.

3. La autoridad mundial coordina, pero el país afectado siempre mantiene el control

Ante un desastre internacional, es fácil suponer que un organismo mundial como la ONU o la OMI toma el mando de las operaciones. El Convenio OPRC 90 demuestra que esta idea es errónea. Si bien la Organización Marítima Internacional (OMI) tiene un rol central según el Artículo 12, su función es la de un facilitador, no un comandante operativo.

El control de la respuesta permanece siempre en manos del Estado o Estados costeros afectados. Las funciones de la OMI son de apoyo, y se activan a solicitud de los países. Estas incluyen servicios de información, fomento de la formación y asistencia técnica. Este modelo es fundamental, ya que asegura que la pericia internacional apoye, en lugar de suplantar, la autoridad y el conocimiento local del país afectado. De esta forma, se protege la soberanía nacional al tiempo que se garantiza el acceso a un vasto repositorio de recursos y conocimientos globales.

4. Un solo informe de un capitán de buque puede activar todo el sistema global

Todo el complejo engranaje de respuesta global del Convenio OPRC 90 se pone en marcha por una acción inicial sorprendentemente simple: una notificación. El Artículo 4 establece la obligación de que los capitanes de buques, los pilotos, las personas a cargo de unidades mar adentro o instalaciones portuarias, y los pilotos de aeronaves civiles notifiquen «sin demora» al Estado costero más próximo cualquier suceso que pueda producir una descarga de hidrocarburos.

Esta notificación es el detonante que activa una cadena de acciones inmediata. Según el Artículo 5, el Estado que recibe el informe debe evaluar la magnitud del suceso e informar sin demora a otros Estados cuyos intereses puedan verse afectados. Este protocolo subraya la inmensa responsabilidad que recae sobre los individuos en el mar, cuyo rápido aviso puede ser la diferencia entre un incidente contenido y una catástrofe regional.

5. No es solo un tratado, es una declaración de soberanía

Este es el descubrimiento final, el gran dividendo estratégico del tratado. Más allá del cumplimiento legal, los analistas estratégicos señalan la conclusión más profunda del Convenio: su plena implementación es una «medida imperativa para salvaguardar la soberanía económica y ambiental de la nación».

Tener un sistema nacional de respuesta robusto y bien ejercitado protege los recursos costeros, las industrias críticas como la pesca y el turismo, y la reputación internacional de un país. Transforma lo que podría verse como una simple obligación legal en una poderosa ventaja estratégica. Un país preparado no solo protege su medio ambiente, sino que también defiende su resiliencia económica y su autonomía frente a desastres.

CONCLUSIÓN: UN FUTURO DE RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

El Convenio OPRC 90 marcó un antes y un después en la protección de los océanos. Transformó la gestión de desastres marítimos, llevándola de un enfoque de respuestas nacionales aisladas y reactivas a un sistema global de seguridad basado en la preparación proactiva, la colaboración y la ayuda mutua. Es un testimonio de lo que se puede lograr cuando la comunidad internacional decide reemplazar la incertidumbre con un plan.

Sabiendo que esta red de seguridad global existe, ¿cambia nuestra percepción sobre cómo enfrentamos colectivamente las amenazas a nuestro patrimonio marino compartido?

CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE COOPERACIÓN, PREPARACIÓN Y LUCHA CONTRA LA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS (OPRC)

EL MARCO NET-ZERO DE LA OMI EN LA ENCRUCIJADA: Entre la Parálisis Política y el Deber Jurídico

14 Nov

14 de noviembre de 2025


Introducción: Un Aplazamiento con Profundas Ramificaciones

En octubre de 2025, la Organización Marítima Internacional (OMI) tomó una decisión que resonó en toda la industria: aplazar por un año, hasta 2026, la adopción del esperado Marco de Cero Emisiones Netas (NZF, por sus siglas en inglés). Este marco no es una regulación más; se trata del paquete de medidas a medio plazo diseñado para convertir en obligaciones legales las ambiciones de la Estrategia GEI 2023, el plan maestro para descarbonizar el transporte marítimo para 2050.

El NZF se compone de dos pilares interconectados: una norma mundial sobre la intensidad de Gases de Efecto Invernadero (GEI) de los combustibles y un mecanismo económico para fijar un precio a las emisiones. Su aplazamiento no fue una simple demora técnica, sino el resultado de una fractura en el consenso multilateral, sumiendo al sector en una profunda incertidumbre. Este artículo analiza las implicaciones técnicas y jurídicas de esta parálisis y traza una hoja de ruta estratégica para construir el consenso de cara a la decisiva sesión de 2026.

La Disonancia Central: Inacción Política vs. Obligación Jurídica Internacional

Para comprender la gravedad del aplazamiento, es crucial diferenciar entre la naturaleza de la decisión tomada y el contexto del derecho internacional.

  • El Aplazamiento: Una Decisión Política. La votación para posponer el NZF fue una moción táctica que refleja una falta de consenso y la prevalencia de intereses geopolíticos a corto plazo. Fue, en esencia, una «pausa» en la toma de decisiones que deja el futuro del marco en el limbo, sin garantía de su adopción final.
  • La Adopción Formal: Un Procedimiento Jurídico. Si se hubiera decidido adoptar el marco (incluso bajo un procedimiento lento como la «aceptación explícita»), la OMI habría enviado una señal de mercado inequívoca y definitiva. El debate habría concluido, dando paso a los procesos de ratificación nacional. La diferencia es fundamental: el aplazamiento genera incertidumbre; la adopción, incluso si es lenta, proporciona certeza regulatoria.

Esta parálisis política choca frontalmente con una tendencia jurídica global cada vez más clara. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha consolidado la obligación de los Estados de actuar con «debida diligencia estricta» para prevenir y mitigar el daño climático, lo que incluye regular las actividades de actores privados como las flotas navieras. De hecho, la CIJ ha sido clara en que la responsabilidad de un Estado puede surgir por la simple omisión de adoptar medidas preventivas, sin necesidad de que el daño se haya materializado.

Desde esta perspectiva, la decisión de posponer un marco regulatorio global podría ser interpretada en foros internacionales como una falla colectiva en el cumplimiento de esa diligencia, aumentando la vulnerabilidad legal de los Estados Miembros ante futuros litigios climáticos.

Las Consecuencias del Impasse: Un Mosaico Regulatorio Lleno de Riesgos

La ausencia de un marco global unificado no genera un vacío, sino que lo llena de complejidad y riesgo. Las consecuencias más inmediatas son:

  1. Incertidumbre y Parálisis de la Inversión: Sin reglas globales claras, los armadores, astilleros y proveedores de combustible enfrentan un dilema que retrasa las inversiones masivas en buques y tecnologías de cero emisiones. Esto fomenta estrategias conservadoras, como optar por buques «preparados para combustible dual» que, en la práctica, prolongan la dependencia de los combustibles fósiles.
  2. Fragmentación y el «Efecto Bruselas»: Ante la inacción de la OMI, marcos regionales como el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (EU ETS) y la regulación FuelEU Maritime ganan una importancia desproporcionada. Esto crea un «complejo mosaico regulatorio» con riesgos de doble cumplimiento para flotas globales y la amenaza de «fuga de carbono», donde el tráfico marítimo se desvía a puertos fuera de la UE para evadir costos.
  3. El Riesgo Oculto de la Fuga Intermodal: Más allá del desvío de puertos, estudios recientes alertan sobre un fenómeno más preocupante: la fuga de carbono intermodal. Al aumentar los costos del transporte marítimo sin una alternativa global, se pueden crear incentivos perversos para mover carga de alto valor al transporte aéreo, un modo que es órdenes de magnitud más intensivo en carbono. Paradójicamente, una regulación marítima mal coordinada podría aumentar las emisiones totales del sector logístico.

El Camino hacia 2026: Propuestas para una Hoja de Ruta Constructiva

Superar el estancamiento requiere más que voluntad política; exige un fortalecimiento técnico y diplomático de la propuesta del NZF para abordar las preocupaciones legítimas de los Estados opositores sin sacrificar la ambición climática. La ruta hacia el consenso en 2026 debe centrarse en:

  • Reforzar la «Transición Justa»: El mecanismo de distribución de ingresos del NZF debe transformarse en un «Fondo de Transición Marítima Justa». Su gobernanza debe ser más transparente y participativa, con representación equitativa de los Países Menos Adelantados (PMA) y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo (PEID) para neutralizar las críticas sobre la opacidad en la gestión de fondos.
  • Incorporar Flexibilidad y Diferenciación: Alinear el NZF con el principio del Acuerdo de París de «responsabilidades comunes pero diferenciadas». Esto permitiría a los Estados implementar el marco global de acuerdo a sus capacidades nacionales, sin imponer cargas desproporcionadas a las economías en desarrollo.
  • Demostrar la Viabilidad Técnica: Es necesario romper el argumento circular de que «no hay suficientes combustibles limpios». La regulación debe crear el mercado, no al revés. El NZF es precisamente la señal económica necesaria para desbloquear la inversión en la producción a escala de combustibles ZNZ. La expansión de «corredores verdes marítimos» como proyectos piloto puede generar la evidencia empírica necesaria para refutar las dudas sobre la viabilidad.

Conclusión: Del Escepticismo a la Solución

El aplazamiento del Marco Net-Zero ha colocado a la OMI y al sector marítimo en una posición delicada. Sin embargo, este período de reflexión forzada representa una oportunidad para evolucionar de una evaluación crítica a una hoja de ruta constructiva.

Para los estudiantes de las universidades Maritimas y la gente de mar, comprender la profundidad de este debate es fundamental. No se trata solo de nuevas reglas sobre combustibles, sino del diseño del futuro del comercio marítimo global, del equilibrio entre la sostenibilidad ambiental, la viabilidad económica y la equidad internacional. El camino hacia 2026 será complejo, pero un multilateralismo reafirmado, basado en la solidez técnica y el pragmatismo político, puede y debe prevalecer para garantizar que el transporte marítimo avance hacia un futuro de cero emisiones netas.

VER: Las negociaciones de la OMI sobre el transporte marítimo con balance cero se reanudarán en 2026

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